NULIDAD IRPH
NUEVA VICTORIA DE LOS CONSUMIDORES FRENTE A LOS BANCOS
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia el día 3 de marzo de 2020 por la que declara que el índice de referencia de IRPH podría ser declarado nulo, lo que supone que muchos afectados con este tipo de hipotecas pueden recuperar su dinero frente a los bancos.
El Índice de Referencia de Prestamos Hipotecarios o IRPH es un índice de referencia (como el Euríbor) pero establecido por el Banco de España para determinar los intereses que genera un préstamo hipotecario. Esto es, los intereses de la hipoteca se calculan según el valor o precio que marque el IRPH en cada momento.
La nulidad del IRPH viene dada por la falta de información al consumidor y de transparencia en la incorporación en el momento de la contratación con el banco. Puesto que a los hipotecados no se les informaba sobre la variabilidad de éste índice, de su valor real o de su forma de cálculo.
La consecuencia inmediata será determinar cómo se va calcular el interés variable del préstamo, y para ello habrá que aplicar otro índice de Referencia (como el Euríbor), para posteriormente calcular la diferencia entre lo que el afectado ha pagado aplicándole el IPRH y lo que habría pagado sin el mismo, siendo la diferencia lo pagado de forma indebida y reclamable en vía judicial.
Ante esta situación las entidades financieras han comenzado a ofrecer acuerdos extrajudiciales ("acuerdos trampa") a los afectados con IRPH en su hipoteca. Si bien, se recomienda no firmar ningún acuerdo o pacto sin asesoramiento jurídico previo, pues una reducción del importe de la hipoteca de forma inminente podría suponer la pérdida a reclamar una elevada cuantía económica por lo pagado de forma indebida.
Desde Berruezo Abogados ofrecemos un asesoramiento íntegro e individualizado a cada consumidor afectado por IRPH para que le restituyan todo el dinero que de forma indebida ha abonado durante años al banco.